Etoxiquina en el alimento: estatus en la UE y los antioxidantes utilizados en su lugar
Los dos textos de la UE y sus fechas, lo que preveían para la harina y el aceite de pescado, y los antioxidantes que figuran hoy en el registro de la UE.
En resumen
La etoxiquina (E 324) es un antioxidante utilizado durante mucho tiempo para proteger contra la oxidación las grasas, las premezclas vitamínicas y la harina de pescado destinadas a la alimentación animal. En la Unión Europea, su autorización como aditivo para alimentación animal fue suspendida por el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/962 y luego denegada por el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1375, en vigor desde el 28 de agosto de 2022. Fuera de la Unión, la norma depende del país.
- Número
- E 324
- Clasificación
- Aditivo tecnológico, grupo funcional de los antioxidantes
- Suspensión
- Reglamento de Ejecución (UE) 2017/962, en vigor desde el 28 de junio de 2017
- Denegación
- Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1375, en vigor desde el 28 de agosto de 2022
- Registro de la UE
- Sin inscripción, según la consulta del 7 de octubre de 2026
- Ámbito
- Unión Europea; en otros lugares, la norma del país
Dos textos, y plazos escalonados
La suspensión de 2017 dejó plazos distintos para productos distintos; la denegación de 2022 cerró el expediente.
| Fecha | Qué ocurre | Texto |
|---|---|---|
| 21 de octubre de 2015 | Dictamen de la EFSA: los datos aportados no permiten concluir sobre la seguridad del aditivo para los animales, los consumidores y el medio ambiente. | Dictamen citado por ambos Reglamentos |
| 28 de junio de 2017 | Se suspende la autorización. Las existencias del aditivo y de las premezclas pueden aún comercializarse hasta el 28 de septiembre de 2017 y utilizarse hasta el 28 de diciembre de 2017. | Reglamento de Ejecución (UE) 2017/962, artículos 1 y 2 |
| 28 de diciembre de 2017 | Fin de la comercialización de las materias primas y los alimentos compuestos producidos con el aditivo; uso posible hasta el 28 de marzo de 2018. | Artículo 2 |
| 30 de septiembre de 2018 | Fin de la comercialización de los alimentos que contienen preparados de vitaminas o de carotenoides estabilizados con etoxiquina. Antes: el aditivo destinado a esos preparados hasta el 31 de marzo de 2018, los preparados y sus premezclas hasta el 30 de junio de 2018. | Artículo 4 |
| 31 de marzo de 2020 | Fin de la comercialización de los alimentos compuestos elaborados con harina y aceite de pescado estabilizados con etoxiquina. Antes: el aditivo destinado a esas materias hasta el 30 de septiembre de 2019, las propias materias hasta el 31 de diciembre de 2019. | Artículo 3 |
| 27 de enero de 2022 | Segundo dictamen de la EFSA, tras los datos adicionales: sigue sin poder concluir sobre la seguridad del aditivo. | Dictamen citado por el Reglamento de 2022 |
| 28 de agosto de 2022 | Se deniega la autorización y se deroga el Reglamento de suspensión. | Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1375, artículos 1 a 3 |
Según los artículos 3 y 4, cada producto podía aún utilizarse durante tres meses tras el fin de su comercialización. La revisión de la suspensión, prevista para el 31 de diciembre de 2020, se había aplazado al 31 de diciembre de 2022 mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/412.
¿Por qué se suspendió y luego se denegó la autorización?
La etoxiquina había sido autorizada sin límite de tiempo conforme a la Directiva 70/524/CEE, para todas las especies animales. Como los demás aditivos de esa época, se inscribió en el registro como producto existente y luego se sometió a una reevaluación conforme al Reglamento (CE) n.º 1831/2003: la solicitud se presentó el 21 de septiembre de 2010.
Un aditivo solo se autoriza si el solicitante demuestra que no tiene efectos adversos sobre la salud animal, la salud humana o el medio ambiente (artículo 5 del Reglamento). En su dictamen del 21 de octubre de 2015, y luego en el del 27 de enero de 2022, emitido tras varias series de datos adicionales, la EFSA concluyó que los datos aportados no permitían establecerlo.
Por tanto, la Comisión actuó en dos etapas. En 2017 suspendió la autorización a la espera de nuevos estudios. En agosto de 2022 la denegó: la denegación se refiere a la etoxiquina como aditivo de la categoría de aditivos tecnológicos, en el grupo funcional de los antioxidantes.
¿La etoxiquina es un plaguicida o un conservante? La etoxiquina también era una sustancia activa en productos fitosanitarios: la Decisión 2011/143/UE de la Comisión no la incluyó en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE y exigió a los Estados miembros retirar las autorizaciones correspondientes. En el alimento para animales, no se clasificaba como conservante sino como antioxidante: un conservante protege el alimento contra los microorganismos; un antioxidante, contra la oxidación. Los dos grupos se definen por separado en las categorías de aditivos del Reglamento 1831/2003.
Etoxiquina en la harina y el aceite de pescado: lo que preveía el texto
Las materias primas de origen marino son ricas en ácidos grasos y muy sensibles a la oxidación y al calor: deben estabilizarse con un antioxidante, sobre todo antes de un transporte o un almacenamiento prolongados. Es la constatación del propio Reglamento de suspensión (considerando 11), y es la razón por la que la etoxiquina se utilizaba tanto en ellas.
Por eso el texto les concedió los plazos más largos. Se aplicaban a las materias del capítulo 10 del Catálogo de materias primas para piensos, “pescado, otros animales acuáticos y productos derivados”, que incluye la harina y el aceite de pescado, y a las algas desecadas: el aditivo destinado a esas materias hasta el 30 de septiembre de 2019, las propias materias hasta el 31 de diciembre de 2019, los alimentos compuestos que las contienen hasta el 31 de marzo de 2020, con tres meses más para su uso (artículo 3).
Esos plazos han vencido. En la Unión, la harina o el aceite de pescado estabilizados con etoxiquina no disponen de ninguna medida transitoria desde 2020, y la denegación de 2022 cerró el expediente.
Qué preguntar sobre un lote. Qué antioxidante lo estabilizó, en qué contenido, y si se acepta en el país donde se venderá el alimento. La especificación del lote y su ficha de datos de seguridad lo indican. Una materia producida fuera de la Unión puede haberse estabilizado según la norma de su país de origen: la pregunta se plantea para cada origen.
Y verificar. Un lote estabilizado no es necesariamente un lote intacto: el índice de peróxidos, el índice de anisidina y la prueba Rancimat no dicen lo mismo. La página de Linkatiox explica cómo leerlos en la harina de pescado.
BHT, BHA, TBHQ: ¿qué antioxidantes siguen autorizados en el alimento en la UE?
El grupo funcional de los antioxidantes en el Registro de aditivos para alimentación animal de la Unión Europea, según la lectura del 7 de octubre de 2026.
| Antioxidante | Número en el registro | Especies | Acto o estatus |
|---|---|---|---|
| BHA (butilhidroxianisol) | 1b320 | Todas las especies; los gatos con un acto aparte | Reglamentos de Ejecución (UE) 2020/1399 y (UE) 2022/654 |
| BHT (butilhidroxitolueno) | E 321 | Todas las especies, con una entrada aparte para los perros | Aditivo existente, autorizado conforme a la Directiva anterior; se ha presentado una solicitud de reevaluación (artículo 10, apartado 2, del Reglamento 1831/2003) |
| Galato de propilo | 1b310 | Todas las especies | Reglamento de Ejecución (UE) 2025/281; la antigua entrada E 310 se está retirando progresivamente, con sus medidas transitorias |
| Extractos de tocoferoles de aceites vegetales, extractos ricos en tocoferoles (ricos en delta), alfa-tocoferol | 1b306i, 1b306ii, 1b307 | Todas las especies | Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1152; autorización renovada por el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2084, en vigor el 11 de octubre de 2026 |
| Ácido ascórbico, ascorbatos de sodio y de calcio, palmitato de ascorbilo | 3a300, 1b301, 1b302, 1b304 | Todas las especies | Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1061; solicitud de renovación presentada |
| Extracto de romero | 1b392 | Gatos y perros | Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1068 |
| Etoxiquina | Sin entrada | Ninguna | Autorización denegada por el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1375 |
| TBHQ (terc-butilhidroquinona) | Sin entrada | Ninguna | No figura en el registro en la fecha de lectura |
Cada autorización fija sus especies, su contenido máximo y sus condiciones de uso: se leen en el acto citado, no en esta tabla. Otras sustancias con una función afín están inscritas en otros grupos: el ácido cítrico, por ejemplo, figura entre los conservantes y los reguladores de la acidez. El registro evoluciona; la fecha de lectura es la fecha en que se verificaron las fuentes.
Alternativas a la etoxiquina: qué cambia en la fórmula
El propio Reglamento de 2017 lo dice: los demás antioxidantes autorizados no tienen las mismas características que la etoxiquina, ya sea en eficacia, en la concentración necesaria, en la duración de la acción o en el coste, y adoptarlos supone reformular y adaptar el proceso (considerando 13). Por tanto, la etoxiquina no se sustituye molécula por molécula, a la misma dosis. Se revisan tres puntos a la vez.
- La dosis. Se calcula sobre la grasa que hay que proteger y según su grado de insaturación, no por tonelada de alimento.
- La estabilidad en el proceso. Temperatura y duración del acondicionamiento, la extrusión y el secado: no todos los antioxidantes los resisten de la misma manera.
- La etiqueta y el mercado de destino. Cada molécula se verifica frente a la lista del país donde se venderá el alimento y frente a la especificación del cliente.
En la práctica: combinar y luego medir
El enfoque habitual consiste en combinar antioxidantes de distinta solubilidad, cada uno de los cuales cubre una fase de la grasa, con un agente que fija el cobre y el hierro, los metales que desencadenan la reacción. Los extractos ricos en tocoferoles responden a especificaciones que excluyen los antioxidantes sintéticos, la mayoría de las veces a una dosis más alta.
“Sin etoxiquina” se ha convertido también en una exigencia comercial: los compradores lo incluyen en sus especificaciones en mercados donde la norma aún permite la molécula.
En todos los casos, el resultado se mide. Una prueba de estabilidad oxidativa sobre la grasa o sobre el alimento, antes y después del cambio, vale más que una equivalencia sobre el papel.
La plataforma Linker correspondiente
Linkatiox se presenta en varios grados, con o sin etoxiquina.
| Plataforma | Su papel aquí | Cuándo |
|---|---|---|
linkatioxAntioxidante · alimentoPrueba de laboratorioEn un ensayo con nuestras fórmulas antioxidantes sin etoxiquina (prueba Rancimat en manteca de cerdo), el periodo de inducción se prolongó un 39% más que con etoxiquina sola, a la misma dosis.Condiciones100 °C bajo flujo de aire; 200 ppm de antioxidantes; fórmula probada en forma líquida. | Combinaciones de antioxidantes y quelantes para proteger contra la oxidación las grasas, las premezclas y los alimentos compuestos. | En la premezcla o en la mezcladora; sobre la grasa, caso por caso |
El grado se elige según la lista positiva del mercado de destino y la materia que hay que proteger: indíquenos ambos y hacemos la elección con usted.
Fuentes
- Commission Implementing Regulation (EU) 2022/1375 of 5 August 2022 concerning the denial of authorisation of ethoxyquin as a feed additive belonging to the functional group of antioxidants and repealing Implementing Regulation (EU) 2017/962 (sitio externo)EUR-Lex · OJ L 206, 8.8.2022, p. 39 · consultado el
- Commission Implementing Regulation (EU) 2017/962 of 7 June 2017 suspending the authorisation of ethoxyquin as a feed additive for all animal species and categories (sitio externo)EUR-Lex · OJ L 145, 8.6.2017, p. 13 · consultado el
- Commission Implementing Regulation (EU) 2021/412 of 8 March 2021 amending Implementing Regulation (EU) 2017/962 as regards the review of the suspension (sitio externo)EUR-Lex · OJ L 81, 9.3.2021, p. 30 · consultado el
- Regulation (EC) No 1831/2003 of the European Parliament and of the Council of 22 September 2003 on additives for use in animal nutrition, consolidated version of 27 March 2021 (sitio externo)EUR-Lex · OJ L 268, 18.10.2003, p. 29 · consultado el
- Commission Regulation (EU) No 68/2013 of 16 January 2013 on the Catalogue of feed materials (sitio externo)EUR-Lex · OJ L 29, 30.1.2013, p. 1 · consultado el
- European Union Register of Feed Additives, functional group of antioxidants (sitio externo)European Commission, Food and Feed Information Portal · Article 17 of Regulation (EC) No 1831/2003 · consultado el
- Commission Implementing Regulation (EU) 2020/1399 of 5 October 2020 concerning the authorisation of butylated hydroxyanisole as a feed additive for all animal species except cats (sitio externo)EUR-Lex · OJ L 324, 6.10.2020, p. 29 · consultado el
- Commission Implementing Regulation (EU) 2022/654 of 20 April 2022 concerning the authorisation of butylated hydroxyanisole as a feed additive for cats (sitio externo)EUR-Lex · OJ L 119, 21.4.2022, p. 84 · consultado el
- Commission Implementing Regulation (EU) 2025/281 of 12 February 2025 concerning the authorisation of propyl gallate as a feed additive for all animal species (sitio externo)EUR-Lex · OJ L, 2025/281, 13.2.2025 · consultado el
- Commission Implementing Regulation (EU) 2026/2084 of 18 September 2026 concerning the renewal of the authorisation of tocopherol extracts and alpha-tocopherol, and repealing Implementing Regulation (EU) 2015/1152 (sitio externo)EUR-Lex · OJ L, 2026/2084, 21.9.2026 · consultado el
- Commission Implementing Regulation (EU) 2015/1061 of 2 July 2015 concerning the authorisation of ascorbic acid, its salts and ascorbyl palmitate (sitio externo)EUR-Lex · OJ L 174, 3.7.2015, p. 8 · consultado el
- Commission Implementing Regulation (EU) 2024/1068 of 12 April 2024 concerning the authorisation of a preparation of rosemary extract as a feed additive for cats and dogs (sitio externo)EUR-Lex · OJ L, 2024/1068, 15.4.2024 · consultado el
- Commission Decision 2011/143/EU of 3 March 2011 concerning the non-inclusion of ethoxyquin in Annex I to Council Directive 91/414/EEC (sitio externo)EUR-Lex · OJ L 59, 4.3.2011, p. 71 · consultado el
Fuentes verificadas el .
Textos releídos el 7 de octubre de 2026 en el repositorio de la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, que alimenta EUR-Lex. Esta página resume textos jurídicos; no constituye asesoramiento jurídico. Solo la versión publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea es auténtica. No indica el marco reglamentario de un producto en un país dado: está disponible bajo solicitud.
Preguntas frecuentes
¿Está prohibida la etoxiquina en Europa en la alimentación animal?
Ya no está autorizada allí. Su autorización como aditivo para alimentación animal fue suspendida el 28 de junio de 2017 por el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/962 y luego denegada por el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1375, que entró en vigor el 28 de agosto de 2022.
¿Está totalmente prohibida la etoxiquina en Europa?
En la alimentación animal, no queda ninguna medida transitoria: la última, para los alimentos elaborados con harina y aceite de pescado estabilizados con etoxiquina, terminó en 2020. Como sustancia fitosanitaria, no se incluyó en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE (Decisión 2011/143/UE). Esta página no cubre otros usos ni otros países.
¿Qué es la etoxiquina?
Un antioxidante, con el número E 324, utilizado durante mucho tiempo para proteger contra la oxidación las grasas, las premezclas vitamínicas y la harina de pescado. En la clasificación europea de los aditivos para alimentación animal, pertenecía a los aditivos tecnológicos, grupo funcional de los antioxidantes.
¿La etoxiquina es un plaguicida o un conservante?
En la alimentación animal, ninguna de las dos cosas: allí se clasificaba como antioxidante, no como conservante, término que abarca lo que protege el alimento contra los microorganismos. Por otra parte, era una sustancia activa de productos fitosanitarios, que la Decisión 2011/143/UE no incluyó en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE.
¿Qué puede sustituir a la etoxiquina en el alimento?
Una combinación de antioxidantes autorizados en el país de destino, a menudo con un agente que fija los metales. En la Unión, el registro incluye en particular el BHA, el BHT, el galato de propilo y los extractos de tocoferoles. La sustitución no se hace a la misma dosis: la dosis, la estabilidad en el proceso y la etiqueta se revisan a la vez.
¿Está autorizado el TBHQ en la alimentación animal en Europa?
No figura en el Registro de aditivos para alimentación animal de la Unión Europea, según la lectura del 7 de octubre de 2026. En otros lugares, la norma se verifica país por país.
¿Están autorizados el BHT y el BHA en el alimento en Europa?
El BHA está autorizado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1399 para todas las especies salvo los gatos, y por el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/654 para los gatos. El BHT figura en el registro con el número E 321, como aditivo existente autorizado conforme a la Directiva anterior, con una solicitud de reevaluación presentada. Los contenidos máximos se leen en cada acto.
¿Puede la harina de pescado contener todavía etoxiquina?
En la Unión, las medidas transitorias que lo permitían han terminado: el 31 de diciembre de 2019 para las materias primas, el 31 de marzo de 2020 para los alimentos compuestos. Fuera de la Unión, depende de la norma del país: pregunte a su proveedor qué antioxidante estabilizó el lote.
¿Una fórmula que revisar?
Sustituir la etoxiquina
Indíquenos la materia que hay que proteger, su grasa, su proceso y el mercado de destino: le proponemos un grado y una dosis.
Consultar sobre Linkatiox →Ver la página de Linkatiox →La ficha técnica
Una por grado, con la ficha de datos de seguridad: ambas se entregan bajo solicitud.
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